Pensión de sobrevivientes – ascendientes (Decreto Ley N° 20530)
Requisitos:
- Solicitud del administrado requiriendo pensión de ascendiente con indicación de la dirección domiciliaria y número telefónico.
- Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante.
- Resolución de pensión de cesantía definitiva.
- Legajo del causante, adjuntando la documentación mínima que se requiere para calificar la solicitud de pensión de cesantía, como son quinquenios, nombramiento y otros que faciliten la calificación de lo solicitado.
- Partida de Nacimiento original del causante, con una antigüedad no mayor a tres meses.
- Partida de Defunción original del causante, con una antigüedad no mayor a tres meses.
- Declaración Jurada indicando desconocer la existencia de beneficiarios con derecho a pensión de viudez u orfandad.
- Declaración Jurada de haber dependido económicamente del causante a la fecha de su fallecimiento y de carecer de rentas o ingresos superiores al monto de la pensión que percibía o hubiere podido percibir el causante.
- Declaración Jurada de conformidad a Anexo VIII.
CONSIDERACIONES ADICIONALES
- En caso el expediente del causante se encuentre en los archivos de la ONP, no es necesario adjuntar la información del mismo.
- Si se solicita pensión de viudez y orfandad, sólo es necesario que se presenta la documentación correspondiente del causante en uno de los trámites.