Es importante considerar las acciones indicadas en el instructivo con respecto a los procesos de matrícula 2023.
Para la matrícula del siguiente año, se debe tomar en cuenta que en las instituciones educativas o programas educativos públicos no se puede condicionar la matrícula a la rendición de un examen de ingreso, de admisión u otro tipo de evaluación directa al NNAJA, ni a entrevistas u otros a su representante legal, ni a la presentación de documentos adicionales distintos a los establecidos en el marco normativo.
Asimismo, los directores de las instituciones educativas públicas y privadas y los responsables de los programas deben garantizar que el proceso de matrícula se realice con enfoque inclusivo e intercultural. Por este motivo, está prohibido todo acto de discriminación o trato diferenciado injustificado contra un estudiante o su representante legal que impida realizar el proceso de matrícula.
Cabe resaltar que cualquier acto de discriminación puede dar inicio de un procedimiento administrativo sancionador contra la Institución Educativa o programa. En el caso de los peruanos, se puede acreditar la identidad y edad presentando su DNI o partida de nacimiento. Los extranjeros pueden acreditar la identidad y edad presentando los documentos que la Autoridad Nacional de Migraciones reconozca como válidos. Entre ellos se encuentran los siguientes: carné de extranjería, carné de permiso temporal de permanencia, carné de solicitantes de refugio, partidas o actas de nacimiento del país de origen; cédula de identidad del país de origen, pasaporte del país de origen y otros documentos que expida el Ministerio de Relaciones Exteriores como tarjeta verde para hijos/as de diplomáticos/as acreditados/as en Perú, el documento de viaje o el laissez-passer por razones humanitarias.
Por su parte, los estudiantes con discapacidad, con el fin de lograr una adecuada prestación del servicio educativo, deben presentar el certificado de discapacidad que se solicita en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), la Resolución de Discapacidad o el Carné de discapacidad emitidos por el CONADIS, o informe médico emitido por un establecimiento de salud autorizado.
Vale recalcar que hay dos tipos de proceso de matrícula, según el momento de ejecución: el regular y el excepcional. En el caso del primero se tendrá que respetar el cronograma establecido por el MINEDU para todas las Instituciones Educativas públicas. De otro lado, el proceso de matrícula excepcional se llevará a cabo durante todo el año si es que el padre de familia o apoderado no cuenta con los documentos establecidos por norma. En ese caso, podría presentar su declaración jurada.
Para más información, conoce nuestra plataforma web «Matrícula Escolar 2023 – UGEL 07»: [Ver aquí]